En la siguiente tabla se desglosa los pagos que tanto comprador como constructor de una vivienda tienen que efectuar a las distintas haciendas públicas en el acto de compra-venta de una vivienda.
Valga esto para realizar 3 reflexiones. La primera es sobre la burbuja inmobiliaria que vivimos en la década pasada, para deducir sin gran esfuerzo quién fue su auspiciador y quiénes sus mayormente afectados. Y que como causa de la misma, fueron los bancos públicos (cajas de ahorros) quienes intervinieron de manera antieconómica el mercado financiero al surtir en el sistema hipotecario créditos blandos a personas con escasa capacidad de compra. Y que fueron estos bancos públicos los necesitados de rescate financiero; no los privados. No ha sido casualidad.
La segunda reflexión es que con el 25% de coste de la vivienda con destino a tasas e impuestos, es el estado el mayor beneficiario de la actividad inmobiliaria sin riesgo patrimonial o económico en dicho ejercicio empresarial. Esta perversión sistemática de la economía se traduce en corrupción también sistemática.
Y la tercera es que la persona o familia que adquiera una vivienda debe ser consciente de que en un horizonte temporal de amortización de la hipoteca de 25 años, 6 años y medio de dichos pagos van destinados al pago de impuestos y tasas. Creo que esto merece una reflexión para que, en la medida de lo posible, entre todos hagamos más fácil el acceso a la vivienda a los ciudadanos, con una legislación homogénea y que ayude, de verdad, al acceso a un bien de primerísima necesidad, como es un lugar donde habitar.
Para el caso del alquiler, el arrendatario (personas o familias que habitan la vivienda arrendada) tienen que soportar un sobrecoste en torno al 20%.
No contemplamos en este desglose los impuestos y tasas que soportan los propietarios de la vivienda por su titularidad (I.B.I.) y por su habitación (tasas de residuos, tasas incluidas en suministros, etc.).
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